El nuevo Código Procesal Civil, que tiene 509 artículos y fue promulgado y presentado por el gobierno del Movimiento al Socialismo (MAS)...
El nuevo Código Procesal Civil, que tiene 509 artículos y fue promulgado y presentado por el gobierno del Movimiento al Socialismo (MAS) como uno de los Códigos Morales, tiene 353 artículos iguales y 78 similares al proyecto de Ley de Código del Proceso Civil, elaborado en 1997 durante el primer gobierno de Gonzalo Sánchez de Lozada.
Los 78 artículos añadidos en la gestión del MAS mantienen el espíritu de la norma redactada en el periodo del entonces ministro de Justicia del Movimiento Nacionalista Revolucionario (MNR), René Blatman.
En algunos artículos hay leves cambios; por ejemplo, la palabra República fue reemplazada por Estado Plurinacional y el término juez, por el de autoridad judicial. En otros se agregó un numeral o parágrafo de adecuación, constató Rimay Pampa en una revisión artículo por artículo.
Entre los artículos maquillados figura el 12, que en el nuevo Código Procesal Civil es el 7. La versión original señala:
Artículo 12 (Potestad Jurisdiccional)
I. Los jueces y tribunales de justicia sustanciarán y resolverán, de acuerdo a las leyes de la República, las demandas sometidas a su competencia.
II. Los jueces y tribunales son únicos titulares de la potestad jurisdiccional. Los funcionarios auxiliares sólo realizarán los actos permitidos por el presente Código, bajo responsabilidad del órgano jurisdiccional, sin que en ningún caso estén referidos al diligenciamiento de la prueba.
La versión del gobierno del MAS cambia el nombre del artículo, el orden de los parágrafos, excluye algunas palabras y varia la redacción:
Artículo 7 (Función)
I. La autoridad judicial es el titular de la función jurisdiccional. Las servidoras y los servidores auxiliares sólo realizarán los actos permitidos por la Ley del Órgano Judicial y el presente Código, bajo responsabilidad.
II. Las autoridades judiciales sustanciarán y resolverán las causas sometidas a su competencia, de acuerdo a las leyes del Estado Plurinacional.
La nueva ley, denominada como uno de los códigos Morales, en homenaje al Presidente Evo (algo así como los Códigos Bánzer) tiene 509 artículos y el Proyecto de Goni, 593. Ambos documentos comienzan en sus artículos uno con principios y terminan con el artículo referido a laudos arbitrales extranjeros.
El proyecto trabajado por el gobierno de Sánchez de Lozada fue dirigido por el abogado Bernardo Wayar, que en 1997 era viceministro de Justicia. Participaron como consultores nacionales, Mario Cordero (Ministerio de Justicia), Enrique Díaz Romero (Ministerio de Justicia) y Kenny Prieto (Corte Suprema de Justicia). A este equipo se sumaron dos consultores uruguayos: Luis Torrello y Jorge Marabotto.
Héctor Arce dijo que el nuevo Código no es copia.
El Código Procesal Civil fue sancionado por la Cámara de Diputados el 8 de noviembre de 2013. Dos días después, el domingo 10, el entonces presidente de Diputados y hoy Procurador General del Estado, Héctor Arce, declaró en BTV que el nuevo Código “fue elaborado por un equipo de Bolivianos 'a la cabeza de los mejores civilistas' del país, entre ellos, uno de los más reconocidos de América Latina, José César Villarroel”.
“Este código no le ha costado un centavo al pueblo boliviano, no le ha costado al Estado un solo boliviano, han habido algunas consultorías de la Vicepresidencia que nos han ayudado, y en las comisiones, tanto en la comisión de Constitución y la de Justicia, y por supuesto el apoyo del Ministerio de Justicia entre bolivianos con nuestro sueldo, con nuestros salarios hemos construido esta norma que tiene características por supuesto profundamente diferentes”, señaló Arce aquel día.
En la misma entrevista, recordó que los dos anteriores códigos (civiles) fueron copiados de otras leyes, porque no había la capacidad para hacer una lectura social de la realidad de la justicia en Bolivia y para dar una respuesta desde la legislación a esas necesidades.
En algunos casos, el nuevo Código resume artículos del Proyecto de Goni, entre ellos el 10, que sólo toma el parágrafo II de los tres que tiene el artículo 16.
En otros casos, se modifican términos como sucede entre los artículos 12 del nuevo Código y 25 del documento original.
La revisión realizada por Rimay Pampa constata que la mayoría de los artículos del denominado Código Morales es igual a los artículos del proyecto elaborado en el primer gobierno de Goni.
En algunas partes funden artículos como el 69 del Código Morales que contiene el 81,82 y 83 del Proyecto de Goni.
Evo declaró que se nacionalizaron “nuestros códigos”
El nuevo Código Procesal Civil fue promulgado en Sucre el 20 de noviembre de 2013, en una ceremonia especial en el Salón de Honor del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ).
En esa ocasión, el Presidente Evo Morales destacó que el nuevo Código fue “trabajado por los bolivianos, por las bolivianas, (lo que) demuestra que después de 200 años estamos nacionalizando nuestros códigos".
El periódico Jornada informó que, además, Morales resaltó la elaboración del Código Procesal Civil sin ninguna cooperación económica de la comunidad internacional, por lo que aseguró que al reunir a profesionales destacados se hace posible la elaboración de leyes y códigos ajustados a la realidad boliviana.
Finalmente, el Presidente puntualizó que la elaboración de una nueva
doctrina de la justicia boliviana, una doctrina originaria, adecuada a
las formas de vivencia en el país, es una responsabilidad de todos y
tiene el propósito de "dignificar a la abogacía y hacer justicia".
Artículos similares entre el CÓDIGO
PROCESAL CIVIL
y PROYECTO DE CÓDIGO DEL PROCESO CIVIL
Artículo 1
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Similar al 1 del original, agrega
principios y varia redacción.
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Artículo
5
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Similar al 8
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Artículo
7
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Se parece al 12, sólo el orden de los
parágrafos cambia y algo la redacción.
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Artículo
10
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resume el 16, resume
tres parágrafos a uno que dice: La función jurisdiccional es indelegable y su
ámbito abarca todo el territorio del Estado plurinacional (en el original
dice: de la República)
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Artículo
11
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Se parece al 21, en un parágrafo.
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Artículo
18
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Dice lo mismo al
27, pero con otras palabras.
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Artículo
35
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Es semejante al 33 del original.
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Artículo
42
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Similar al 51,
en el nuevo Código se convierte en un parágrafo, los tres del original.
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Artículo
66
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Semejante al 78, resume tres
parágrafos a dos.
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Artículo
68
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Se parece al 80.
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Artículo
72
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Aumentó dos parágrafos (II y VI) al
89.
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Artículo
74
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Aumenta un
parágrafo al 94.
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Artículo
75
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Incluye dos parágrafos (III y IV) al
95.
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Artículo
78
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Agrega un
parágrafo al 98.
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Artículo 81
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Similar al 101.
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Artículo
92
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Agrega un
parágrafo al 115.
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Artículo
109
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Agrega un parágrafo al 134.
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Artículo
110
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Es igual al 136,
solo que incluye dos numerales.
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Artículo 111
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Agrega algunas palabras al 137.
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Artículo 113
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Parecido al 139.
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Artículo 124
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Aumenta un parágrafo al 152.
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Artículo 137
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Agrega un
parágrafo y resume el 164.
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Artículo 141
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Toma una línea del 167.
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Artículo 144
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Toma un párrafo
del 170
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Artículo 145
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Se basa en el 165, cambia el nombre
del artículo, apreciación de la prueba por la valoración de la prueba.
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Artículo 150
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Agrega un
párrafo al 176
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Artículo
169
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Borra el primer parágrafo y agrega un
numeral al 196.
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Artículo
177
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Aumenta palabras
al 204.
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Artículo 185
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Retoca el 213 del original
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Artículo 233
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Aumenta incisos
y dos parágrafos al 238.
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Artículo 237
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Agrega un parágrafo al 242
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Artículo 238
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Agrega unas tres
líneas al 243.
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Artículo 240
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Similar al 245
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Artículo 246
|
Similar al 251
|
Artículo 225
|
Agrega un párrafo al 279.
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Artículo 229
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Similar al 289
|
Artículo 233
|
Amplía con parágrafos al 238.
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Artículo
253
|
Agrega un
parágrafo al 297.
|
Artículo
255
|
Agrega palabras al 299.
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Artículo 257
|
Tienen el primer
parágrafo similar al 301.
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Artículo
258
|
Similar al 302.
|
Artículo
260
|
Agrega un
numeral en el parágrafo III al 304.
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Artículo
265
|
Igual al 309 en el parágrafo III.
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Artículo 271
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Similar al 318
|
Artículo 282
|
Similar al 332 del original, toma el
parágrafo II
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Artículo 283
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Igual al 333 en
el primer parágrafo.
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Artículo 292
|
Similar al 343
|
Artículo 299
|
Agrega un
parágrafo al 354.
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Artículo 303
|
Similar al 358
|
Artículo 306
|
Agrega dos
parágrafos al 361.
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Artículo
307
|
Agrega un parágrafo al 362.
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Artículo 322
|
Similar al 376.
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Artículo 336
|
Agrega un parágrafo y 4 numerales al
390,
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Artículo 350
|
Similar al 404.
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Artículo
353
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Agrega un parágrafo al 407.
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Artículo
358
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Aumenta dos
parágrafos al 412.
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Artículo 365
|
Similar al 419.
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Artículo 369
|
Incluye un
parágrafo al 426.
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Artículo 374
|
Resume en un parágrafo el 430.
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Artículo
376
|
Agrega un
numeral al 432.
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Artículo 382
|
Resume el 439
|
Artículo 383
|
Resume el 440
|
Artículo 396
|
Similar al 451.
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Artículo
397
|
Agrega un
parágrafo al 452.
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Artículo 400
|
Agrega un parágrafo al 455.
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Artículo 409
|
Agrega un
numeral al 464.
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Artículo
417
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Igual en su primer parágrafo al 473.
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Artículo
424
|
Agrega un
parágrafo al 482,
|
Artículo
427
|
Agrega dos parágrafos al 485.
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Artículo
429
|
Agrega un
parágrafo 487.
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Artículo 448
|
Resume el 491
|
Artículo
450
|
Resume el 493
del original
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Artículo 459
|
Igual al 511 en el segundo parágrafo
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Artículo 470
|
Igual al 529
salvo un parágrafo y unos términos.
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Artículo 475
|
Similar al 531
|
Artículo 480
|
Igual en un
parágrafo al 525
|
Artículo
483
|
Resume los artículos 544 y 545
|
Artículo 485
|
Casi igual al
547, salvo por el parágrafo II
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